Valija diplomática

Un empleado del Departamento de Estado de los Estados Unidos ocupándose del correo diplomático americano en enero de 1985 en el Aeropuerto Internacional de Washington-Dulles.

El término valija diplomática [1]​ corresponde en las relaciones internacionales a la correspondencia entre un gobierno y sus agentes en el exterior y su inviolabilidad.[2]​ Se encuentra regulado por la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, en España, este último texto publicado en el BOE núm. 56, de 6 de marzo de 1970.[3]

Si bien en origen el elemento enviado era una valija o maleta, hoy en día las necesidades burocráticas y logísticas de los estados han extendido esa denominación a elementos mucho más voluminosos. Su uso no ha estado exento de abusos por parte de sus remitentes, suspicacias por parte de los Estados que deben dejarlos transitar y anécdotas de los elementos enviados.[4]

Referencias

  1. Diccionario de la lengua española, versión en línea. Real Academia Española. 2016.
  2. [http://www.diplomatie.gouv.fr/es/servicios-y-formularios-en-linea/guia-para-los-diplomaticos/de-las-inmunidades/article/la-inviolabilidad Servicio diplomático francés , versión en línea. 2016.
  3. BOE número 56, de 6 de marzo de 1970, páginas 3629 a 3638, 10 págs., versión en línea. 2016.
  4. (en inglés) Diplomatic bag: The inside story par BBC News

Enlaces externos

  • Texto completo de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (OAS)
  • Lista de países signatarios de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares Archivado el 2 de junio de 2011 en Wayback Machine.

Véase también

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